Los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión son laicos o religiosos que, por una necesidad pastoral y bajo mandato temporal del párroco, colaboran en la distribución de la Eucaristía (can. 230 § 3, can. 910) . Este servicio es realizado en tres circunstancias:
- Durante la celebración de la Misa: Cuando el número de fieles es elevado y se requiere ayuda para agilizar la distribución de la Comunión.
- Fuera de la Misa: Para llevar la Eucaristía a personas enfermas, ancianas o impedidas que no pueden asistir al templo.
- En ausencia de un ministro ordenado: Cuando no hay suficientes sacerdotes o diáconos para administrar el sacramento.