Consejo Pastoral Parroquial (CPP)

Órgano consultivo que colabora con el párroco en la planificación y animación de la pastoral parroquial, conforme a los estatutos.

DEFINICIÓN Y NATURALEZA

El Consejo Pastoral Parroquial (CPP), es un órgano colegiado, de carácter consultivo,
que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las
tareas pastorales de la misma.
Es un instrumento básico para vivir y ejercer la corresponsabilidad y para lograr la
convergencia, complementariedad e integración de todas las fuerzas evangelizadoras de
la Parroquia.
Corresponde al CPP estudiar todo lo referente al trabajo pastoral, sopesarlo y sacar las
conclusiones prácticas con objeto de promover la conformidad de vida y actos del Pueblo
de Dios con el Evangelio (Ecclesiae Santae, 1, 16)
El CPP se rige por lo establecido en el Derecho Canónico (c 536) y por este Estatuto o
Reglamento que se atiende a sus normas básicas.

  • Su fin principal es aconsejar al párroco en la programación, animación, coordinación y
    revisión de la globalidad de la acción pastoral. Bajo la dirección del párroco organizará y
    fomentará las actividades pastorales necesarias y convenientes para llevar adelante la
    tarea de la Nueva Evangelización.

    Son funciones propias del CPP:
  • Analizar de modo permanente la realidad del ámbito parroquial y discernirla para
    buscar las respuestas pastorales más adecuadas.
  • Elaborar cada año, con la aportación de todos los grupos parroquiales, el plan
    general de la Parroquia y concretar el calendario, así como las mediaciones para llevarlo a
    cabo.
  • Evaluar periódicamente la acdón pastoral realizada y el cumplimiento del plan
    general de la Parroquia teniendo en cuenta los lineamientos pastorales emanados del
    Sínodo Diocesano y las Asambleas Diocesanas que los actualizan.
  • Promover, consolidar, fortalecer la Asamblea Parroquial, las Comunidades y los
    Grupos Apostólicos.

    Coordinar las actividades de las áreas, asociaciones y movimientos, respetando su
    justa autonomía y animando la dimensión evangelizadora de cada uno de ellos.
    Desarrollar planes de formación permanente complementaria.
  • Redactar y modificar su propio Reglamento.
  • Elegir miembros idóneos que representen a la Parroquia en contactos o en acciones
    interparroquiales o de decanato o diocesano.
  • Proponer laicos para las diferentes áreas de la pastoral ordinaria de la Parroquia.