Órgano consultivo que colabora con el párroco en la planificación y animación de la pastoral parroquial, conforme a los estatutos.
DEFINICIÓN Y NATURALEZA
El Consejo Pastoral Parroquial (CPP), es un órgano colegiado, de carácter consultivo,
que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las
tareas pastorales de la misma.
Es un instrumento básico para vivir y ejercer la corresponsabilidad y para lograr la
convergencia, complementariedad e integración de todas las fuerzas evangelizadoras de
la Parroquia.
Corresponde al CPP estudiar todo lo referente al trabajo pastoral, sopesarlo y sacar las
conclusiones prácticas con objeto de promover la conformidad de vida y actos del Pueblo
de Dios con el Evangelio (Ecclesiae Santae, 1, 16)
El CPP se rige por lo establecido en el Derecho Canónico (c 536) y por este Estatuto o
Reglamento que se atiende a sus normas básicas.
- Su fin principal es aconsejar al párroco en la programación, animación, coordinación y
revisión de la globalidad de la acción pastoral. Bajo la dirección del párroco organizará y
fomentará las actividades pastorales necesarias y convenientes para llevar adelante la
tarea de la Nueva Evangelización.
Son funciones propias del CPP: - Analizar de modo permanente la realidad del ámbito parroquial y discernirla para
buscar las respuestas pastorales más adecuadas. - Elaborar cada año, con la aportación de todos los grupos parroquiales, el plan
general de la Parroquia y concretar el calendario, así como las mediaciones para llevarlo a
cabo. - Evaluar periódicamente la acdón pastoral realizada y el cumplimiento del plan
general de la Parroquia teniendo en cuenta los lineamientos pastorales emanados del
Sínodo Diocesano y las Asambleas Diocesanas que los actualizan. - Promover, consolidar, fortalecer la Asamblea Parroquial, las Comunidades y los
Grupos Apostólicos.
Coordinar las actividades de las áreas, asociaciones y movimientos, respetando su
justa autonomía y animando la dimensión evangelizadora de cada uno de ellos.
Desarrollar planes de formación permanente complementaria. - Redactar y modificar su propio Reglamento.
- Elegir miembros idóneos que representen a la Parroquia en contactos o en acciones
interparroquiales o de decanato o diocesano. - Proponer laicos para las diferentes áreas de la pastoral ordinaria de la Parroquia.